Monseñor Juan Ignacio Arrieta Ochoa de Chinchetru saluda al Papa Francisco. Monseñor Juan Ignacio Arrieta Ochoa de Chinchetru saluda al Papa Francisco.  

Arrieta: De una ley provisional a una ley definitiva para el combate de los abusos sexuales

Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, ayuda a comprender los puntos más importantes de las modificaciones al motu proprio sobre la lucha contra los abusos en la Iglesia.

Sebastián Sansón Ferrari – Ciudad del Vaticano

“Era una ley provisional y ahora se ha hecho una ley definitiva, teniendo en cuenta la experiencia práctica de la aplicación de aquella ley provisional, con muy pocos retoques”. Son las palabras con que Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos, explica el aspecto esencial de las modificaciones al motu proprio Vos estis lux mundi, publicadas este sábado 25 de marzo.

Ante los micrófonos de Radio Vaticana – Vatican News, Arrieta repite que esta nueva ley sustituye a la que en forma provisional el Papa promulgó el 1º de junio de 2019.

Escucha, descarga y comparte la entrevista a Monseñor Juan Ignacio Arrieta, Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos

A su vez, Arrieta puntualiza que, “en este tiempo, se ha publicado, en el Código de Derecho Canónico, el nuevo libro sexto, la nueva parte de derecho penal, con lo cual hay toda una serie de conceptos penales, también referidos a los temas que interesan a esta ley, que han quedado más acuñados en la nueva ley”. Este es, pues, el contexto, como bien remarca Arrieta, quien insiste que la ley es exactamente la misma, tiene algunas pequeñas novedades.

Las cuatro claves para entender el documento

Primera clave: entre los cambios, hay una nueva aclaración sobre las víctimas de abusos: antes se hablaba de menores y personas vulnerables, ahora se habla de adultos vulnerables y “personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón”. Al respecto, el obispo español puntualiza que esta terminología busca homologar y dar claridad con el resto de las leyes que existen en la Iglesia.

El prelado acota que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe es competente para los abusos contra menores y personas que habitualmente carecen de uso de razón, mientras que el concepto de vulnerables todavía está en estudio. Es más amplio y no está concretamente como tal recogido en el centro de esa ley específica de la Doctrina de la Fe, pero efectivamente está recogido de otras maneras en el Código. Se trata simplemente de ajustar la terminología a lo que ya está presente en la Iglesia, son cuestiones técnicas, pero no suponen cambios sustanciales.

Segunda clave: las normas se aplican ahora no solo a clérigos y religiosos, sino también a "laicos que sean o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o erigidas por la Sede Apostólica". Arrieta subraya que la idea de la ley era “no solamente permitir la denuncia de los abusos y obligar a todos los clérigos y religiosos a denunciar si conocían de estas cosas en fuero externo, sino también encauzar, poder enjuiciar eventualmente, a obispos o a quienes estuvieran al frente de organizaciones internacionales: los superiores religiosos, entre otros”.

En la legislación anterior, escapaban otro tipo de jefes superiores de organismos internacionales como son las asociaciones de fieles erigidas por la Santa Sede, pero que tienen ámbito internacional y que, por tanto, están bajo la jurisdicción del Papa.

Tercera clave: se establece que las diócesis y eparquías deben estar dotadas de "organismos u oficinas" -antes denominados genéricamente "sistemas estables"- de fácil acceso al público para la recepción de denuncias de casos de abusos. Arrieta comenta que “esto es simplemente recoger lo que ya se veía en la anterior ley”. En ella, se indicaba que en el plazo de un año cada diócesis tenía que organizarse para establecer ese tipo de oficinas o lugares para presentar las denuncias. Ahora, en cambio, “tiene que haberse ya ejecutado y las diócesis han tenido que adoptarlo”.

Cuarta clave: el texto mandata que “corresponde al Ordinario del lugar donde presuntamente se produjeron los hechos proceder conforme a la ley prevista para el caso concreto”.

Los progresos en la lucha contra los abusos en la Iglesia católica

El Secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos reivindica la importancia de estas modificaciones, precisando la urgencia de tutelar la protección de menores y propiciar la existencia de canales muy claros para la presentación de denuncias. Según Arrieta, “esto ha sido muy bueno porque ha facilitado todo y se ha hecho con gran transparencia y con gran claridad”.


 

 

 

Gracias por haber leído este artículo. Si desea mantenerse actualizado, suscríbase al boletín pulsando aquí

25 marzo 2023, 12:29