Instrucción sobre autenticidad y conservación de las reliquias
«Las reliquias en la Iglesia siempre han recibido particular veneración y atención porque el cuerpo de los Beatos y de los Santos, destinado a la resurrección, ha sido en la tierra el templo vivo del Espíritu Santo e instrumento de su santidad, reconocida por la Sede Apostólica a través de la beatificación y la canonización».
Lo recuerda la Instrucción titulada «Las reliquias en la Iglesia: Autenticidad y Conservación» de la Congregación de las Causas de los Santos.
El nuevo documento que sustituye el Apéndice de la Instrucción «Sanctorum Mater», se dirige «a los Obispos diocesanos, a los Eparcas y a cuantos les están equiparados por el derecho».
Autenticidad de las reliquias
El documento indica, entre otros puntos, el procedimiento canónico que se debe seguir para verificar la autenticidad de las reliquias y de los restos mortales y para garantizar su conservación.
La Instrucción señala que las reliquias de los Beatos y de los Santos no pueden ser expuestas a la veneración de los fieles sin el correspondiente certificado de la autoridad eclesial que garantice su autenticidad.
Procedimientos sobre las reliquias
Se describe el procedimiento para promover la veneración de las reliquias a través de las posibles operaciones específicas: reconocimiento canónico, muestras de fragmentos, preparación y traslado de las reliquias. En la Instrucción se recuerdan también los pasos necesarios para obtener el consentimiento de la Congregación de las Causas de los Santos y para realizar tales operaciones. Además, se indica el procedimiento que se debe seguir para la peregrinación de las reliquias.
Restos mortales de Siervos de Dios y Venerables
En la Instrucción se recuerda la disciplina concerniente a los restos mortales de los Siervos de Dios y de los Venerables, cuyas causas de beatificación y canonización están en curso. El Documento señala que hasta que no son elevados al honor de los altares sus restos mortales no pueden gozar de ningún culto público, ni de los privilegios que están reservados solamente al cuerpo de quien ha sido beatificado o canonizado.
Se prohíbe el comercio y la venta de reliquias
En la Instrucción se subraya que están absolutamente prohibidos el comercio – es decir el intercambio de una reliquia en especie o dinero – y la venta de las reliquias – es decir, ceder la propiedad de una reliquia a cambio de su valor establecido con un precio, así como su exposición en lugares profanos o no autorizados.
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