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La migración en América Latina. Diciembre de 2021 La migración en América Latina. Diciembre de 2021 

Movilidad Humana Chile: la persona sea "eje" de la ley

Prestar atención a la realidad migratoria, no a la voluntad política. Las delegaciones de Pastoral de Movilidad Humana, junto a INCAMI, manifiestan su preocupación por las situaciones que viven muchos migrantes que en el país sudamericano buscan una mejor condición de vida.

Monseñor Atisha Contreras, Obispo San Marcos de Arica, firma, en su carácter de presidente del Instituto Católico Chileno de Migración (INCAMI) , la declaración conclusiva del Encuentro Nacional de Delegados de Pastoral de Movilidad Humana, que ve “con preocupación” en este tiempo de elecciones, y ante la implementación de una nueva normativa migratoria, que “no se conciba a la persona como eje de la Ley”, sino que se asocie la migración al tema seguridad, para “restringir la movilidad de las personas”, o, también “con fines electorales.

Se llama a una ley (ver comunicado completo) que posee principios y visas no existentes en la actualidad que facilitarían el acceso a “nuevas formas de regularidad” con concesión de derechos "basados en criterios en favor del hombre (pro homine)", que concede “poder y facultades a las autoridades”, con un diagnóstico basado "en la realidad” de protección y no exclusión, y no “en la voluntad política”.

En el mencionar los problemas de la gestión de los migrantes, entre los que se destaca la vulnerabilidad de los migrantes haitianos y venezolanos, se pone en evidencia la “falta de compromiso de las autoridades consulares de los países de origen de los migrantes”. La situación de  los niños y niñas que recorren parte de nuestro continente es "urgente" “por el riesgo que esto significa”, y porque, en particular, “quienes llegan desde Venezuela carecen de documentos apostillados (autenticados)” lo que impide regularizar su situación en el país. 

De ahí la requisitoria de “revisar y evaluar la aplicación de la normativa sobre refugio (20.430) para garantizar la protección de quienes lo solicitan, facilitando el acceso, "al menos a la solicitud”. 

El ingreso por paso no habilitado supone "preocupación” - palabra que reza la declaración de cuantos gastan sus vidas por los más vulnerables - no sólo “por su irregularidad migratoria y dificultad de cambiar esta situación, sino por las expulsiones a las que están expuestos/as”. La declaración concluye recordando que “inclusive en vigencia del inciso 2º, del art. 8º transitorio de la Ley 21.325 del 20/04/2021 (Ley de Migración y Extranjería), se han materializado expulsiones sin darles oportunidad de salir como lo propone tal artículo”. Se trata, pues, de un proceso actual que excluye a “quienes serían destinatarios de una situación ‘Extraordinaria’” como la mencionada, pues quienes ingresan "por paso habilitado" se pueden regularizar por la ley vigente.

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03 diciembre 2021, 15:42