Pignatone: el Papa quiere independencia y profesionalismo de los jueces
Ciudad del vaticano
"Uno de los criterios inspiradores del nuevo sistema (Ley n. CCCLI) es la creencia de que la independencia de los jueces y su capacidad profesional son condiciones indispensables para obtener justicia". Con estas palabras, Giuseppe Pignatone, Presidente del Tribunal Estatal de la Ciudad del Vaticano desde el pasado mes de octubre, ha explicado la nueva ley promulgada por el Papa Francisco.
Pignatone además asegura que el poder judicial del Vaticano "ahora está llamado a aplicar una legislación que es en muchos sentidos muy moderna, en gran parte es fruto de la globalización, pero injertada en códigos que datan de hace muchas décadas" y agrega que "uno de los criterios inspiradores del nuevo sistema es la creencia de que la independencia de los magistrados y su capacidad profesional son condiciones indispensables para obtener los resultados de la justicia indicados por el Papa Francisco".
Con respecto a los cambios más significativos en la ley, Pignatone aclara que "se declara explícitamente que los magistrados, aunque jerárquicamente dependientes del Sumo Pontífice que los nombra, en el ejercicio de sus funciones están sujetos únicamente a la ley y ejercen sus poderes con imparcialidad". A esto se agrega que "se indican requisitos profesionales específicos y rigurosos, con la disposición de que los magistrados de primer y segundo grado, y en parte también del Tribunal de Casación, puedan ser nombrados profesores universitarios o juristas de clara fama".
El Presidente del Tribunal también subraya que, bajo el objetivo de garantizar condiciones de independencia y eficiencia, se establece el personal administrativo, se proporciona la autonomía de gastos de las oficinas judiciales y, para los de primer grado, se establece que al menos forme parte un magistrado a tiempo completo". Para el poder judicial a cargo de la acusación "vine marcada la distinción entre el poder judicial y fiscal, asegurando también a este último la autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones", mientras que para el derecho de defensa, concluye Pignatone "se define inviolable en cualquier estado y grado del procedimiento".
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