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Sede del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, ex Santo Oficio. Sede del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, ex Santo Oficio.

"No hay sobrenaturalidad", Doctrina de la Fe confirma decreto sobre Trevignano

El Dicasterio intervino con un comunicado sobre el caso de las supuestas apariciones marianas en el municipio del Lacio en virtud de las nuevas Normas publicadas en mayo por el propio ex Santo Oficio. Reconoce "la validez jurídica" de las decisiones del obispo de Civita Castellana, Marco Salvi, en el decreto del pasado mes de marzo, tanto por el juicio negativo sobre los fenómenos sobrenaturales como por la prohibición de celebraciones o peregrinaciones a los lugares de los supuestos sucesos.

Salvatore Cernuzio - Ciudad del Vaticano

"Constat de non supernaturalitate", nada de sobrenaturalidad. Y también la prohibición absoluta de celebrar sacramentos o dirigir actos de piedad popular u organizar peregrinaciones, momentos de oración, encuentros de diversa índole en los lugares de los supuestos hechos marianos de Trevignano Romano. Siempre e inmediatamente activo entre bastidores sobre el caso, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha intervenido públicamente en el controvertido asunto de la autodenominada vidente Gisella Cardia y su marido Gianni y las supuestas apariciones de la Virgen María en los terrenos que poseen en el municipio de la región del Lacio, situado a orillas del lago de Bracciano, que ya habían sido calificadas de "no sobrenaturales" por un decreto emitido el 6 de marzo por el obispo de Civita Castellana, monseñor Marco Salvi.

Las nuevas normas de mayo

Y es precisamente "la validez jurídica" del decreto lo que el ex Santo Oficio reconoce en un comunicado publicado el jueves 27 de junio, afirmando que las decisiones del obispo habían sido todas consensuadas con el mismo Dicasterio. Una implicación explícita, por tanto, en virtud de las Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales, publicadas por el organismo el pasado 17 de mayo, que entre las novedades prevé precisamente la intervención motu proprio en cualquier momento de la Doctrina de la Fe en casos de fenómenos también locales pero que alcanzan dimensiones nacionales y, a veces, globales, para aprobar la decisión final del obispo.


Comunicado del Dicasterio

El comunicado emitido hoy dice: "A la luz de las nuevas Normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales (17 de mayo de 2024), con referencia al Decreto Prot. 01D/2024, emitido por Monseñor Marco Salvi, Obispo de Civita Castellana, el 6 de marzo de 2024, en acuerdo con esta Institución, sobre las presuntas apariciones y revelaciones reportadas por la Sra. Gisella Cardia (anagrafe Maria Giuseppa Scarpulla) y el Sr. Gianni Cardia, este Dicasterio reconoce la validez jurídica del citado Decreto, tanto por lo que se refiere al juicio expresado en el mismo (constat de non supernaturalitate) como a las disposiciones indicadas en los puntos A-D". 

En otras palabras, dado que el decreto del obispo es anterior a las normas sobre supuestos fenómenos sobrenaturales, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe no se había involucrado públicamente, como lo hace ahora en virtud de las nuevas disposiciones. Entonces, se hace público que las decisiones tomadas por el obispo habían sido consensuadas con el Dicasterio, que en el comunicado no comenta las explicaciones o los motivos aportados por el obispo, sino las decisiones que tomó.

No a las celebraciones y actos públicos y privados 

En cuanto a los dos puntos del decreto de monseñor Salvi citados por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, se trata -en el punto A- de la prohibición a los sacerdotes de "celebrar sacramentos o dirigir actos de piedad popular de modo que conecten tanto directa como indirectamente con los acontecimientos de Trevignano Romano, tanto en los terrenos propiedad de la Asociación "Madonna di Trevignano ETS" (ndr: la organización sin ánimo de lucro para la difusión de la devoción mariana que preside el marido de Gisella Cardia) como en otros lugares privados, públicos y eclesiásticos".

El punto D, en cambio, impone la prohibición de "acudir al lugar de la aparición, alimentando en los fieles la idea de que existe algún reconocimiento eclesiástico"; junto a esto, la advertencia a los fieles "sobre la obligación disciplinar y espiritual derivada del pronunciamiento eclesial de abstenerse de organizar y/o participar en encuentros privados y/o públicos (ya sean de oración y/o de catequesis) que den por cierta e indubitable la verdad sobrenatural de los hechos de Trevignano o que estén destinados a presionar al obispo diocesano para que modifique sus legítimas decisiones sobre los hechos mismos".

Los hechos

Los "sucesos de Trevignano" habían comenzado en 2016, cuando Gisella Cardia había relatado apariciones de la Virgen María en un campo donde llevaba años predicando y rezando. Apariciones que supuestamente se produjeron junto con lágrimas de sangre atribuidas a una estatua de la Virgen María comprada en Medjugorje. La mujer también afirmaba recibir continuamente mensajes de la Virgen y a veces de Jesús o del Padre Celestial, y haber presenciado milagros como la multiplicación de albóndigas y pizza durante cenas privadas en su casa. Cardia, sobre la que la Fiscalía de Civitavecchia ha abierto un expediente con la hipótesis de un delito de estafa, tras las denuncias de creyentes que también habían pagado sumas de dinero, ha seguido sosteniendo sus teorías y recientemente ha desafiado la investigación de la Diócesis.

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27 junio 2024, 13:48